ARTÍCULO 9º: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES:
Para los llamados a Licitación Pública o Concurso Privado de precios por invitación, se
utilizará el Modelo Tipo de Pliego de Bases y Condiciones Generales que forma parte del
presente Reglamento (Anexo “A”), el que podrá ser variado o ampliado en lo estrictamente
necesario por el Presidente de la Comisión Arbitral cuando las particularidades del objeto
del llamado, la índole o magnitud del mismo o circunstancias de oportunidad, mérito o
conveniencia lo requieran.-
ARTÍCULO 10º: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES:
Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares contendrán los requisitos esenciales de la
contratación y serán elaborados por el Área de Compras sobre la base de este Reglamento
y de los criterios técnicos, económicos y jurídicos que se consideren aplicables, teniendo en
cuenta las opiniones y especificaciones técnicas que proporcionen las distintas áreas que
integran la Comisión Arbitral, conforme sus respectivas competencias, a cuyo fin se autoriza
a solicitar las consultas necesarias y convenientes, que además integrarán las actuaciones.-
ARTÍCULO 11º: INFORMACIÓN A INCLUIR Y REQUERIMIENTOS A
CONTEMPLAR EN LOS PLIEGOS:
El Modelo de Pliego de Bases y Condiciones Generales, y los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares deberán contemplar, en lo que a cada uno de ellos corresponda,
además de los restantes que fija el presente Reglamento, los siguientes aspectos:
ARTÍCULO 12º: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares incluirán Especificaciones Técnicas
redactadas en forma clara e inconfundible. Cuando la índole del llamado lo haga necesario,
dichas especificaciones se desarrollarán por separado como “Pliego de Especificaciones
Técnicas”.-
ARTÍCULO 13º: ADQUISICIÓN DEL PLIEGO Y PRESENTACIÓN JUNTO CON
LA OFERTA:
Los Pliegos de Bases y Condiciones podrán ser descargados gratuitamente del link que
figura en la invitación cursada o en la publicación cursada en el Boletín Oficial de la Nación.
La presentación de la oferta junto con los pliegos significará de parte del oferente el pleno
conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación.