Preguntas Frecuentes

Preguntas en general y sobre los sistemas que administra la Comarb.

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CONTRIBUYENTES

Los contribuyentes podrán consultar sus dudas sobre el uso del sistema a través del correo electrónico sircip@comisionarbitral.gob.ar

Los contribuyentes deberán canalizar los reclamos ante el Comité SURA, acompañando la documentación que justifique su reclamo.

La aplicación de los importes percibidos para la liquidación del impuesto, deberán agruparse por mes calendario y descontarse en los anticipos correspondientes según el tipo de contribuyente:

- Si es un contribuyente local, en el aplicativo que utiliza su jurisdicción.

- Si es contribuyente de Convenio Multilateral, en el sistema SIFERE WEB - Módulo DDJJ, ítem Carga de Deducciones. En dicho ítem le aparecerá incluida una vez que sean informadas por los agentes.

Sí, es factible que un contribuyente pueda sufrir percepciones a nombre de SIRCIP a pesar de ser informado con alícuota 0, o de no estar incorporado en el padrón mensual. Esta situación ocurre porque realizó operaciones en jurisdicciones en las que no se encuentra inscripto, y por ello se le determinan percepciones como “falta de inscripción en jurisdicción” o “no inscripto”, las cuales deberán estar debidamente identificadas por los agentes.

La incorporación con alícuota 0 de un contribuyente en el padrón mensual, implica que las jurisdicciones definieron que en el mes citado el contribuyente tiene condición de excluido, y en principio no debería sufrir percepciones, salvo situaciones excepcionales.

Los contribuyentes alcanzados por el régimen contarán con el detalle de las percepciones sufridas en los resúmenes o documentos equivalentes provistos por los respectivos agentes, que les servirán como comprobante suficiente.

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