RG. 24 VENCIMIENTOS SIRTAC
RG. 24 VENCIMIENTOS SIRTAC 2026 NUEVO

                                              CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 10 de diciembre de 2025.

RESOLUCIÓN GENERAL CA N° 24/2025

        VISTO:

La Resolución General N.º 2/2019 que aprueba el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC” y su modificatoria, Resolución General N.° 11/2020 (texto ordenado mediante Resolución General N° 11/2020-Anexo I) y Resolución General N° 12/2020; y,

       CONSIDERANDO:

       Que es necesario establecer las fechas de vencimiento la presentación de declaraciones juradas y pago por parte de los agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC para el periodo fiscal 2026.

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.08.77) RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese el calendario de vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y pago por parte de los agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”, durante el ejercicio fiscal 2026, que se detalla en el anexo que se aprueba como parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que de fijarse un nuevo feriado o día no laborable nacional que coincidiera con alguna fecha de vencimiento de las previstas en el anexo a que refiere el artículo anterior, el mismo operará el día hábil inmediato siguiente. En tal caso, también se correrán sucesivamente las subsiguientes fechas de vencimiento de ese mes.

ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.

Comarb 70 años