BUENOS AIRES, 19 de agosto de 2015
RESOLUCIÓN C.A. N° 67/2015
VISTO el Expediente C.M. Nº 1253/2014 “Total Austral S.A. c/Provincia de Buenos Aires”, por el cual la firma de referencia interpone la acción prevista en el artículo 24 inc. b) del Convenio Multilateral contra la Disposición Delegada SEFSC N° 1603/2014 dictada por Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires; y,
CONSIDERANDO:
Que la resolución mencionada que impugna Total Austral S.A. fue notificada el 11 de junio de 2014, según lo reconoce el propio contribuyente y también se acredita con cédula de notificación.
Que la acción ante esta Comisión Arbitral se promovió el 4 de julio de 2014 a las 14 hs., ya vencido el término para hacerlo, teniendo en cuenta que el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires prevé 15 días hábiles para la recurrencia de resolución determinativa.
Que ello es así, puesto que el cómputo del plazo para la presentación ante la Comisión Arbitral debe hacerse conforme a los días hábiles del Organismo.
Que la Asesoría ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
Convenio Multilateral del 18/8/77
Resuelve:
ARTICULO 1° - Rechazar por extemporánea la acción interpuesta por Total Austral S.A. contra la Disposición Delegada SEFSC N° 1603/2014, dictada por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2° - Notificar a las partes interesadas y hacerla saber a las demás jurisdicciones adheridas.
ENRIQUE OMAR PACHECO ROBERTO ANIBAL GIL
PROSECRETARIO PRESIDENTE