Resoluciones Generales

Resluciones generales Comarb

RG. 15 -2025 Sirtac - Pautas Comunes Moneda Extranj
RG. 15 -2025 Sirtac - Pautas Comunes Moneda Extranjera. NUEVO

                                                  SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de junio de 2025.

      RESOLUCIÓN GENERAL CA N.º 15/2025

          VISTO:

          Las Resoluciones Generales CA Nros. 2/2019, 11/2020 y 8/2021; y,

          CONSIDERANDO:

          Que mediante la Resolución General N° 2/2019 (y sus modificatorias), la Comisión Arbitral aprobó el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

         Que son las jurisdicciones adheridas las encargadas de fijar las reglas de funcionamiento y/u operatividad del sistema informático y las demás pautas comunes que permitan el funcionamiento armonizado de los regímenes locales que operarán a través del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

         Que en este orden, corresponde a esta Comisión Arbitral tomar conocimiento de lo resuelto por el Comité SURA e introducir las modificaciones a la Resolución General CA N.º 2/2019 y sus modificatorias (TO Resolución General N° 8/2021).

         Por ello:

LA COMISIÓN ARBITRAL
(CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/08/77)
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Tomar conocimiento de la decisión adoptada por las jurisdicciones adheridas al Sistema SIRTAC en el ámbito del Comité de Administración del SURA, a fin de incorporar el punto 10 al artículo 2° del Anexo I de la Resolución General CA N° 2/2019 y sus modificatorias (TO Resolución General N° 8/2021) Reglas y/o pautas comunes para ser observadas en las normas locales con relación a los contribuyentes alcanzados:

          “10.- Los importes recaudados en moneda extranjera deberán ser ingresados en pesos, tomando en consideración la cotización al tipo vendedor vigente al cierre de las operaciones del día hábil anterior a aquel en que se efectuó la recaudación del tributo, fijada por el Banco de la Nación Argentina”.

ARTÍCULO 2°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.

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