COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL
DEL 18.8.77
1
SALTA, 5 de septiembre de 2018
RESOLUCIÓN C.A. N° 36/2018
VISTO:
El Expte. C.M. N° 1504/2018 “Servicios Vertúa S.A. c/ provincia de Rio Negro”, en el cual la firma de referencia promueve la acción prevista en el art. 24, inc. b), del Convenio Multilateral contra la Resolución Determinativa de Oficio y Sancionatoria Nº 015/2018, dictada por el Gerente de Asuntos Legales de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Rio Negro; y,
CONSIDERANDO:
Que la fecha de notificación de la resolución que se impugna, tal como lo acredita la provincia de Río negro, ocurrió el 22 de febrero de 2018 y el plazo para interponer la acción ante la Comisión Arbitral venció el día 9 de marzo de 2018 en las dos primeras horas a contar desde las 10:00 de ese mismo día.
Que Servicios Vertúa S.A. se presentó ante esta Comisión el día 9 de marzo de 2018 a las 13:00 horas, fuera del plazo legal establecido en el Reglamento Procesal de la Comisión Arbitral y Comisión Plenaria.
Que esta resolución corresponde a una decisión adoptada en la reunión de Comisión Arbitral realizada el 8 de agosto de 2018.
Que la Asesoría ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rechazar por extemporánea la acción interpuesta por Servicios Vertúa S.A. contra la Resolución Determinativa de Oficio y Sancionatoria Nº 015/2018 dictada por el Gerente de Asuntos Legales de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Rio Negro, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a las partes y comuníquese a las demás jurisdicciones adheridas.
FERNANDO MAURICIO BIALE ROBERTO JOSÉ ARIAS
SECRETARIO PRESIDENTE