¿De qué forma se cancela una obligación en el sistema SIRCAR?
Evento 51

Luego de realizar la presentación, deberá incluir todas las jurisdicciones que desee abonar en una única boleta de pago. Para hacerlo debe marcar cada una de ellas (tilde “Incluir”) y hacer clic en el botón"Confirmar".

El único canal de pago es el electrónico. A través de la RG 4/2012 quedó establecida la obligatoriedad del pago electrónico a partir del 1° de Septiembre de 2012 para el Sistema SIRCAR. Esta modalidad de pago se denomina Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos, fue establecido por la RG 1/2012, y se efectúa a través del servicio “Pagos BtoB” que ofrece la red Interbanking S.A..

La boleta de pago generada debe ser “enviada” al sitio de “Interbanking S.A.”, donde ingresará con el usuario y clave correspondiente. Para operar con Interbanking debe tener habilitado el servicio “Pagos BtoB”.
Más información en www.interbanking.com.ar

Por último, a través de la RG 3/2021, se incorpora al Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos, el servicio “Bancor Pagos” que ofrece el Banco de la Provincia de Córdoba S.A.. En una primera etapa, este servicio estará disponible para aquellos agentes que tengan cuenta bancaria en el Banco citado, agregando más opciones de cuentas próximamente.

Se pone a disposición la descarga del Instructivo de Uso del servicio Bancor Pagos.

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