Ante la solicitud de las jurisdicciones adheridas al Sistema SIRCAR para incorporar nuevos agentes al Sistema, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral resolvió, a través de la RG C.A. 18/2016, , el uso obligatorio del Sistema para los agentes que figuran en el Anexo de la misma y que usted puede consultar aquí.
La Resolución aplica a todas aquellas operaciones efectuadas a partir del día 1 de octubre de 2016. Los agentes deberán operar conforme a los regímenes establecidos por las jurisdicciones adheridas y utilizando CUIT y Clave Fiscal de AFIP.